Monotributo, recategorización forzada

A través de La Resolución General 5003, publicada en el Boletín Oficial, la AFIP instrumentó la actualización de los parámetros y valores de las categorías a ingresar por los monotributistas, que tendrán efectos a partir del período enero de 2021. De acuerdo a lo establecido por la ley, el organismo llevó adelante una categorización retroactiva de pequeños contribuyentes.

La nueva ley es una herramienta fundamental para restablecer la equidad y la promoción de un régimen de inclusión tributaria y financiera”, destacó la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont. “La norma estimula el paso voluntario al régimen general, con beneficios. Se subsidia el paso del monotributo a los autónomos”, destacó la funcionaria

Según informó el organismo a través de un comunicadolos cambios benefician a todos los monotributistas porque “establecen un régimen permanente que hace menos gravoso pasar al régimen general”. También sostuvo que la normativa habilitó un “puente” que permite a los monotributistas que se conviertan en autónomos experimentar un ahorro significativo en su carga tributaria con relación al monto que deberían pagar si no se introducen los cambios propuestos. Los beneficios previstos en la normativa también contemplan reducciones del IVA y Ganancias por tres años para los contribuyentes que pasen de régimen.

 “Beneficia a todos los monotributistas porque establece un régimen permanente que hace menos gravoso pasar al régimen general y también es una ganancia para el Estado ya que dispondrá de mucha más información”, expresó Marcó del Pont. 

Cambios en el Monotributo

Estas modificaciones que establece la ley determina que:

  • Excluye a los beneficiarios del Régimen Simplificado (monotributo), ya que al pasar al Régimen General (autónomos) suelen acumulan deudas fiscales muy difíciles de afrontar.
  • Ofrece beneficios fiscales por tres años para quienes deciden pasar voluntariamente al régimen general (reducción del IVA y de Ganancias).
  • Resuelve el problema transitorio de actualización de las escalas del monotributo durante 2021 con nuevas escalas. Actualiza los parámetros y valores de las categorías a ingresar por las y los monotributistas, que tendrán efectos a partir del período enero de 2021. 
  • El organismo llevó adelante una categorización retroactiva de pequeños contribuyentes. El procedimiento refleja la categoría que le correspondía encontrarse encuadrado a partir del 1 de febrero de 2021.
  • Las diferencias en concepto de impuesto integrado, cotización previsional y obra social, en virtud de la actualización de los valores de las obligaciones mensuales y/o de la categoría, correspondientes a los períodos enero, febrero, marzo, abril y mayo de 2021, podrán ingresarse a través de alguna de las distintas modalidades de pago disponibles hasta el día 20 de julio de 2021.
  • Las diferencias podrán consultarse desde el 1 de julio de 2021. Los pequeños contribuyentes podrán regularizar las diferencias a través de un plan de facilidades de pago

Fuente: El Economista.com