Jubilados no más fe de vida

Atención jubilados: desde cuándo los bancos ya no tendrán que exigir fe de vida

Los jubilados y pensionados quedan eximidos de la obligación de presentar la declaración de supervivencia ante los bancos. Cómo será ahora la comprobación.

Cerca de cuatro millones de jubilados y pensionados dejarán de realizar el trámite de fe de vida a partir del martes 25 de julio. Ese día empieza a estar vigente la Ley 27.721 que elimina ese requisito para el cobro de sus haberes y otros beneficios previsionales.

El Gobierno había promulgado la ley que establece la eliminación del trámite de supervivencia a jubilados, pensionados y titulares de pensiones no contributivas, y de este modo quedan eximidos de la obligación de presentar la declaración de supervivencia. La normativa fue sancionada por el Congreso el 5 de julio y a su vez fue promulgada por medio del Decreto 365/2023, publicado el lunes en el Boletín Oficial.

La norma dispone que los beneficiarios de jubilaciones y pensiones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y del Sistema de Pensiones no Contributivas quedan eximidos de la obligación de presentar la declaración de supervivencia o fe de vida, así como cualquier trámite complementario con igual fin, quedando sin efecto toda demostración de subsistencia a cargo del beneficiario como condición para el cobro de sus haberes y demás beneficios previsionales.

Además, los haberes o prestaciones de la seguridad social que integran el SIPA, como aquellas comprendidas en el Sistema de Pensiones no Contributivas -a cargo del ANSES– no requerirán, en ningún caso, de la realización de acción deliberada alguna a cargo de la persona beneficiaria o apoderada para acreditar supervivencia.

Las entidades que realicen pagos de jubilaciones y pensiones, por su parte, tienen la obligación de rendir como impagos los fondos pagados con posterioridad a la fecha de fallecimiento de la persona titular del beneficio, de acuerdo con el texto oficial. Por su parte, la ANSES quedó facultada para dictar las normas aclaratorias y complementarias pertinentes a la ley.

Fe de vida: qué deben hacer ahora los jubilados para demostrar la supervivencia

En la actualidad, varias entidades bancarias que pagan haberes previsionales controlan la “Fe de Vida” a través de distintas posibilidades como una compra mensual con tarjeta de débito o crédito del jubilado o pensionado, con aplicaciones móviles y, en el caso de que el jubilado o pensionado lo desee, también puede hacerlo en forma presencial.

Como la verificación de la supervivencia de los beneficiarios corre por cuenta de los bancos y no de la Anses, las entidades financieras fueron desarrollando sus propios métodos. En adelante, esos métodos son los que utilizará cada entidad de acuerdo a sus preferencias.

Según detalla la Anses, las formas más utilizadas para los residentes en Argentina en la actualidad son:

  • Hacer una compra con la tarjeta de débito o crédito asociada a la cuenta bancaria de la seguridad social.
  • Realizar trámites en cajeros automáticos usando huella digital.
  • Poner la huella digital en los tótems de Anses que están en las sucursales bancarias.
  • A través de una Terminal de Autoconsulta biométrica ubicada en las Oficinas de Anses, en caso de que el beneficiario tenga que concurrir para realizar otro trámite.